Medida fue informada por el Ministerio de Salud, como una forma de controlar la propagación de la enfermedad en el territorio nacional.
Martes 10 de marzo de 2020. El Ministro de Salud, Jaime Mañalich, anunció hoy que todas las personas que lleguen a Chile procedentes de España e Italia, deberán someterse obligatoriamente a un proceso de cuarentena de 14 días por posible contagio del Coronavirus (Covid-19).
A quienes se les aplique el protocolo, deberán pasar por una vigilancia controlada de dos semanas en el lugar donde estén residiendo o alojando, lo cual limitará la capacidad de desplazamiento de esas personas.
La medida de aislamiento afecta principalmente a los turistas de esos destinos que tienen programado venir a Chile, ya que su estadía estará restringida por este protocolo que anunció el Ministerio de Salud.
El propósito de la acción es evitar que aumente la propagación de la enfermedad. Hasta ahora se han confirmado 17 casos a nivel nacional.
En un protocolo anterior, el Ministerio había decretado que la cuarentena se aplicaría sólo a viajeros de alto riesgo de países o zonas con transmisión sostenida, pero ahora, en el caso de España e Italia, se realizará a todos los que arriben a Chile desde esos dos países.
Lee el comunicado oficial haciendo clic aquí.
Actualización 11 de marzo 2020
Desde la Subsecretaría de Turismo nos hacen llegar algunas aclaraciones y respuestas sobre el ORD. B51 N°770 del MINSAL, de acuerdo a reunión sostenida el día de ayer en la tarde – noche con el Ministerio de Salud.
Vigencia de la medida: No se requiere publicación en el Diario Oficial, por lo que tiene aplicación inmediata. Es decir, desde el 10 de marzo de 2020. Rige para todos los pasajeros, aun cuando hayan partido su viaje sin haber sido avisados.
Pasajeros afectados por la medida: Todas las personas que ingresen a Chile, provenientes de España o Italia, independiente de si lo hicieron previamente al retorno a Chile. Es decir, si estuvieron en Italia o España, luego viajaron a Brasil 5 días y finalmente retornan a Chile, deberán permanecer los días restantes (9) en aislamiento. Si vienen directamente desde España o Italia, deberán guardar aislamiento por 14 días.
Pasajeros provenientes de España e Italia con vuelos de conexión internacional en Santiago: Estos pasajeros no ingresan a Chile y por lo tanto no están sujetos a la exigencia de la Declaración Jurada sobre su estado de salud ni al aislamiento. Sin embargo, el MINSAL podrá aplicar el formulario a modo de registro, pero sin afectar su conexión con otros vuelos.
Lugar del aislamiento: Deberán quedarse en casas particulares, propias o de familiares o en otro alojamiento, por ejemplo, en un hotel, informando la dirección a la Autoridad Sanitaria. En el último caso, el costo debe ser financiado por cada visitante. La habitación deberá ser idealmente individual, con baño privado y buenas condiciones de ventilación, de acuerdo a los instructivos del MINSAL.
Necesidad de cumplir aislamiento en Chile: Las personas NO tienen que cumplir con el aislamiento de 14 días en Chile. Es por esto que los turistas que ingresen por menos de 14 días pueden decidir entre cumplir el aislamiento en Chile o volver a su país. Lo mismo aplica para las tripulaciones. Tanto pasajeros como tripulaciones que requieran salir de Chile en su periodo de aislamiento, deberán cumplir en sus traslados desde/hacia el hotel/aeropuerto, con los protocolos que les señalará la Autoridad Sanitaria en el minuto que ingresen al país.
Pasajeros en vuelos de conexión en España o Italia: Los pasajeros que quedarían en aislamiento domiciliario, son aquellos que hayan “ingresado” a España o Italia. Si solo hizo conexión en España o Italia, no quedaría en aislamiento. Para tal efecto, se toma en consideración lo que declare el pasajero en su Declaración Jurada.
Haciendo clic aquí podrás descargar toda la información emitida por el Ministerio de Salud traducida al inglés por FEDETUR para efectos de ser compartida con clientes y contactos internacionales.